La reforma de las mutualidades alternativas, aprobada de forma definitiva: qué cambia para los abogados
El Congreso de los Diputados ha aprobado de forma definitiva la ley que abre a los profesionales mutualistas —abogados, procuradores, arquitectos o médicos, entre otros— la posibilidad de pasar desde sus mutualidades alternativas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), con el objetivo de mejorar sus futuras pensiones. La norma entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El texto permite a los mutualistas transferir al RETA los derechos económicos acumulados en sus mutualidades para transformarlos en periodos de cotización a la Seguridad Social. El mecanismo no será automático: el Gobierno dispone de un plazo máximo de tres meses para aprobar el reglamento que fije las condiciones y el procedimiento concretos de esa transferencia.
Entre las principales novedades, la reforma refuerza las coberturas mínimas de las mutualidades, incrementa las obligaciones de transparencia y supervisión y establece una equiparación progresiva de las cuotas con las del RETA hasta alcanzar el 100% en 2028.
Para la abogacía jerezana la medida tiene interés directo, ya que afecta a la planificación de la jubilación de numerosos letrados del Ilustre Colegio de Abogados de Jerez que cotizan a través de la Mutualidad de la Abogacía. El Colegio se ha hecho eco del análisis del texto definitivo elaborado por la Abogacía Española.
Fuentes: ICAB Jerez · Abogacía Española.
