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El Juzgado de lo Penal 3 de Jerez suspende el ingreso en prisión del cantaor Diego ‘El Cigala’

El Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez ha acordado suspender el ingreso en prisión del cantaor Diego ‘El Cigala’, condenado a una pena total de dos años y un mes de cárcel por dos delitos de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer. La suspensión queda condicionada a que el penado no cometa ningún delito durante un plazo de dos años y a que respete la prohibición de comunicación y acercamiento acordada respecto de la víctima.

La condena, que la Audiencia Provincial de Cádiz confirmó en apelación, sumaba las penas impuestas por dos hechos distintos: una agresión ocurrida en un hotel de Jerez, castigada con seis meses de prisión, y otra en la localidad gerundense de Palafrugell, con ocho meses. En ambos casos se impuso además la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y de comunicarse con ella.

La decisión del juzgado jerezano se apoya en la figura de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad, prevista en el artículo 80 del Código Penal. Este mecanismo permite, con carácter general, dejar en suspenso las penas de prisión que no superen los dos años cuando el condenado carece de antecedentes relevantes, siempre sujeto a condiciones cuyo incumplimiento puede provocar la revocación del beneficio y el consiguiente ingreso en el centro penitenciario.

En la práctica, esto significa que el artista no entrará en la cárcel mientras cumpla las condiciones fijadas durante el plazo de suspensión. Si durante esos dos años cometiera un nuevo delito o quebrantara la orden de alejamiento, el juzgado podría revocar la suspensión y ordenar la ejecución de la pena.

La información fue adelantada por Diario de Jerez. Para cuestiones relacionadas con este tipo de procedimientos puede consultarse nuestro directorio de abogados penalistas en Jerez.

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