El indulto a Pedro Pacheco sigue pendiente: qué es la medida de gracia y cómo afecta a la inhabilitación
La concesión por el Consejo de Ministros, el pasado 28 de julio, de sendos indultos parciales al exalcalde socialista de Linares, Juan Fernández Gutiérrez, y a la expresidenta del Parlament de Cataluña, Laura Borràs, ha vuelto a situar en el foco jerezano un expediente que sigue abierto en el Ministerio de Justicia: la solicitud de indulto del exalcalde de Jerez Pedro Pacheco. Su resolución, según las fuentes citadas por la prensa local, podría conocerse a la vuelta del verano.
El indulto es una medida de gracia por la que el Gobierno puede remitir, de forma total o parcial, las penas impuestas en una sentencia firme. Se tramita a instancia del interesado, requiere informe del tribunal sentenciador y se aprueba por real decreto en Consejo de Ministros. A diferencia de la amnistía, no borra el delito ni, por regla general, los antecedentes: se limita a extinguir o reducir la pena. En el caso que interesa en Jerez, la clave no es tanto la privación de libertad —ya cumplida— como la pena de inhabilitación para el ejercicio de cargo público, cuya remisión sería la que permitiría una eventual rehabilitación política.
El expediente de Pacheco fue registrado en mayo de 2021 y el Gobierno recibió la documentación necesaria para su estudio en mayo de 2026. El titular de Justicia se ha comprometido a examinar la petición. De prosperar el indulto sobre la inhabilitación, el exregidor —alcalde de Jerez entre 1979 y 2003— quedaría en condiciones de volver a concurrir, si así lo decidiera, a unos comicios municipales, un escenario que en la ciudad se vincula ya al calendario electoral de 2027.
En el plano estrictamente judicial, la trayectoria de Pacheco es firme y de dominio público: cumplió condena por la contratación irregular de dos personas con cargo a fondos municipales, causa por la que ingresó en el centro penitenciario de Puerto III en 2014, y accedió a la libertad condicional en 2019 al reunir los requisitos legales por edad y grado penitenciario. En 2020, el Tribunal Supremo revocó parcialmente una de sus condenas —el llamado caso Huertos de Ocio—, absolviéndole del delito de estafa y manteniendo otros pronunciamientos.
Más allá del interés político local, el caso ilustra el funcionamiento de una figura del Derecho penal poco conocida por la ciudadanía: cómo opera el indulto sobre penas ya cumplidas o en curso, qué efectos tiene sobre la inhabilitación y por qué su concesión es una decisión discrecional del Gobierno sujeta a control jurisdiccional. Puede consultarse más información sobre esta materia en nuestra sección de Derecho Penal.
Fuente: lavozdelsur.es.
