Usurpación de vivienda: comprar un inmueble ya ocupado no basta para condenar en apelación (SAP Cádiz, Secc. 8ª Jerez, 164/2026)
La AP de Cádiz (Secc. 8ª, Jerez) confirma la absolución por delito leve de usurpación: no cabe condenar en apelación a un absuelto por nueva valoración de la prueba; el comprador conserva la vía civil. ECLI:ES:APCA:2026:1377.
